1.- Planeamiento Integral Para efectos de habilitación urbana y/o independización: en estos casos el (PI – integración vial). Forma parte del proyecto de habilitación urbana, y es calificado por la Comisión Técnica, siempre y cuando el área por habilitar esté comprendida en el Plan de Desarrollo Urbano y/o zonificación y no colinde con zonas habilitadas o cuando se realice la independización o la parcelación de un predio rústico, según la modalidad correspondiente.
2.– Planeamiento integral para asignación de zonificación: El planeamiento integral (PI – Asignación zonificación) es un instrumento técnico y normativo que se utiliza para asignar zonificación y vías primarias a predios rústicos. Su objetivo es integrar estos predios al área urbana. Se aplica a predios que no están incluidos en los planes de desarrollo urbano (PDU) o en los esquemas urbanos (EU), o que se encuentran en centros poblados sin PDU o zonificación.
3.- Estudios y/o Planes específicos. – El Plan específico (PE) es el instrumento técnico-normativo cuyo objetivo es complementar la planificación urbana de las localidades, facilitando la actuación u operación urbanística, en un área urbana cuyas dimensiones y condiciones ameriten un tratamiento integral especial, en este caso, es el de mejorar la condiciones de habitabilidad urbana a través de intervenciones de reducción del riesgo, así como el optimizar el uso del suelo y garantizar los procesos de desarrollo urbano y calidad ambiental.